Tener casa propia es uno de los sueños o proyectos de vida de muchas personas y familias. Hoy en día hay muchas facilidades para conseguir ese sueño, desde financiación, subsidios del estado o de las cajas de compensación, incluso la facilidad de pagar la cuota inicial a plazos, es decir, ya no hay que tener grandes ahorros para dar de cuota inicial.
En cuanto a la financiación de la vivienda hay dos opciones: un crédito hipotecario o un leasing habitacional. A continuación explicamos las anteriores opciones que le acercan más a su sueño de vivienda.
Los créditos hipotecarios en Colombia pueden adquirirse con plazos desde 5 a 20 años según el banco, quien a su vez aplica su propia política de tasa de interés (pero teniendo en cuenta lo establecido por la Superintendencia Financiera de Colombia) y el sistema de liquidación de las cuotas. Este sistema o modalidad de crédito puede ser en Pesos o en UVR.
Para solicitar un crédito hipotecario es necesario saber de antemano las condiciones y preguntar en el banco las cuotas del crédito teniendo en cuenta:
· Plazo de crédito
· Tasa de interés con la que se liquidarán las cuotas, que es la Tasa Efectiva Anual (TEA o TAE)
· Modalidad de crédito PESOS o UVR
El solicitante debe seleccionar la modalidad en los formularios de solicitud ante el banco, y asegúrese de que en dichos formularios esté rellenada la opción que usted ha elegido.
1. Podrá adquirir vivienda sin esperar a tener todo el dinero ahorrado, recuerde que si espera a ahorrar todo el dinero pueden pasar varios años, mientras que con el crédito solo necesita tener o haber pagado la cuota inicial que es del 30 por ciento del valor del inmueble. Por otra parte, hay quienes piensan en ahorrar pero sin tener en cuenta que el precio de la vivienda sube cada año, incluso hasta un 17% anual según la ciudad o sector según cifras oficiales del DANE en 2018, lo cual le aleja más de su posibilidad de adquirir vivienda, a menos que su capacidad de ahorro sea lo suficientemente alta como para superar dichos aumentos.
2. El precio del canon de arrendamiento que paga actualmente, puede convertirse en la cuota mensual de su propia vivienda.
3. Las facilidades de pago son muchas, tanto así que puede escoger el sistema de amortización y el plazo en años que mejor se ajuste a sus necesidades. Además, los bancos y entidades ofrecen la posibilidad de abonos a capital sin ningún tipo de penalización.
4. Al adquirir un crédito usted por obligación debe proteger su inversión, con los seguros de vida, incendio y terremoto tendrá respaldo si se presentan estos siniestros. Además los seguros de vida protegen a su familia en caso de fallecimiento, con lo que no heredarían la deuda.
5. Las personas que adquieran vivienda con crédito hipotecario o leasing tienen derecho a deducir el valor pagado por intereses e inflación hasta la suma de 1.200 UVT (Unidad de Valor Tributario). En pocas palabras, pagaría menos impuestos de los que estaría obligado ya que está pagando una hipoteca.
Es el más utilizado porque da la tranquilidad de que la cuota es fija de principio a fin. Se aplica una única tasa de interés anual, la tasa efectiva anual o (TEA o TAE), y el usuario es informado en el momento del trámite. De esta manera, el usuario puede conocer el valor de todas y cada una de las cuotas del crédito con la certeza de que estas no van a variarán.
La UVR es una unidad cuyo valor en pesos se determina exclusivamente con base en la inflación, sin ningún otro elemento ni factor adicional; por esta razón, el valor de la cuota y el saldo del crédito varían conforme al comportamiento que tenga la inflación.
La UVR es certificada por el Banco de la República y refleja el poder adquisitivo con base en la variación del Índice de precios del consumidor (IPC) . Por eso, hay que tener en cuenta que si la inflación aumenta de un año a otro, también lo hará el IPC y la tasa de interés, con lo que la cuota aumentará.
El leasing es una figura mediante la cual se puede tomar un inmueble en arriendo con opción de compra y su monto puede ser de hasta el 100 por ciento del valor del mismo, dependiendo de las políticas de riesgo de la entidad bancaria, del análisis de su capacidad de pago y de la garantía.
El valor de la cuota inicial está determinado por el valor de la vivienda y el porcentaje de financiación que solicite la persona. Solo se puede utilizar para comprar viviendas de mayor valor a las de Interés Social (VIS), es decir más de 93 millones de pesos.
· El bien es inembargable por terceros ya que es propiedad del banco mientras se esté pagando el leasing. Sin embargo, si deja de pagar las cuotas o cánones del leasing, el banco puede rematar su vivienda.
· No se constituye crédito hipotecario porque el banco ya tiene la garantí a su nombre, es decir, el cliente no tendrá escrituras de propiedad hasta que no termine de pagar el leasing.
· No hay aumento patrimonial, con lo que no se aumenta su declaración de renta y por tanto no pagaría más impuestos.
· Reducción de la base sobre la cual el beneficiario paga la retención en la fuente.
· Permite pagar a largo plazo un inmueble familiar mientras se vive en arriendo en el mismo, aunque todas las reparaciones y mejoras corren por cuenta del cliente.
· Permite pactar con la entidad financiera, pagar el valor del canon en pesos o Unidades de Valor Real (UVR). Además, puede programar con el banco el uso de abonos extraordinarios.
· Puede elegir cualquier tipo de vivienda, en cualquier estrato, siempre y cuando cumpla con las normas dadas por la entidad bancaria.